Beneficios impositivos de la Economía Naranja

Si creaste una empresa y querés traspasar las fronteras de tu país seguramente te encontraste con que no es un trabajo sencillo. Muchas startups de LATAM planean su expansión tomando dos o tres países de la región y prueban el mercado. En el último tiempo, el Régimen de promoción de la Economía Naranja de Colombia ha despertado gran interés y llevó a muchas empresas a considerar este destino entre los primeros elegidos. Analizamos de qué se trata para que cuando te decidas, tengas un panorama claro.  

Los sectores que forman parte de la Economía Naranja son arquitectura, artes visuales y escénicas, artesanías, cine, diseño, editorial, investigación y desarrollo, juegos y juguetes, moda, música, publicidad, software, TV y radio, y videojuegos son algunos. Si tu empresa se dedica a alguno de estos verticales ya diste el primer paso.  

¿Cómo se logra este beneficio?

Para lograr el beneficio tenés que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser una sociedad con domicilio en Colombia.
  • Tener como objeto social exclusivo el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas.
  • Estar constituidas e iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Tener un número mínimo de empleos, que en ningún caso puede ser inferior a 3.
  • Presentar un proyecto de inversión ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, justificando su viabilidad financiera, conveniencia económica y calificación como actividad de economía naranja.
  • Cumplir con el monto mínimo de inversión en los términos que defina el Gobierno Nacional, que en ningún caso puede ser inferior a 4.400 UVTs ($150.788.000 en 2019) y en un plazo máximo de tres años gravables.
  • Tener ingresos brutos anuales inferiores a 80.000 UVTs ($2.741.600.000 en el año 2019) y estar inscritas en el RUT como contribuyentes del régimen general del impuesto sobre la renta. Esto, salvo que el objeto social principal sea la realización de “Actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión” (CIIU 5911).

¿Cuánto dura el beneficio?

El beneficio otorgado tendrá una duración de siete (7) años para aquellas empresas e industrias creativas que tengan ingresos inferiores a 80.000 unidades de valor tributario –UVT– (cerca de 2.849.000 millones de pesos).

¿Por qué se puede perder el beneficio tributario?

En caso de que no se logre el monto de inversión, se perderá el beneficio a partir del tercer año.

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