Los Estados de generan convenios de doble imposición, con el fin de regular la situación de miles de contribuyentes cuya obligación tributaria abarca diversos estados. Así nos encontramos con el Convenio de Doble Imposición firmado entre Argentina y Brasil.
Con esta norma, se establece la eliminación de la doble imposición tributaria con el país vecino para empresas de servicios con establecimiento permanente en estos países. Comprendiendo aquellos impuestos que gravan la renta y patrimonio, en el caso de Argentina hablamos del Impuesto a las Ganancias, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (en el caso de PyMEs este ya había sido eliminado) y el Impuesto sobre Bienes Personales; en el caso brasilero abarca el Impuesto Federal sobre la Renta.
Además, se otorgan beneficios respecto a dividendos e intereses, en los que si fija una alícuota máxima tope de un 10% a un 15% bruto; y en cuanto a regalías, estableciendo una alícuota límite de retención de un 10% a un 15% dependiendo del caso.
A esto se suma un valor importante, el de cooperación internacional en cuanto a información, es decir, se buscará un intercambio de información confidencial entre los fiscos de ambos Estados para buscar mayores niveles de transparencia fiscal en los negocios que se puedan desarrollar dentro de sus zonas.
De manera general, podemos contemplar los beneficios por los que son impulsados los Estados cuando buscan concretar estos convenios, y entender como nos afectaran en nuestros negocios representa un caudal de amplias ventajas. Un análisis basado en un planning de proyección real de sus objetivos puede representar grandes ventajas en su desarrollo como empresa, PyME, startup, entre otras.